viernes, 1 de marzo de 2013

PASOS PARA LA CREACIÓN DE UNA EIRL


 
 
En esta segunda oportunidad compartiremos información acerca de los pasos para
la creación de una EIRLtda. 
 
PRIMER REQUISITO -  La Reserva del nombre en Registros Públicos
 
La reserva es uno de los primeros trámites que debo hacer para constituir mi empresa, además de adoptar la modalidad o sociedad empresarial que me conviene (E.I.R.L., S.R.L., S.A. o S.A.C.). 
Reservar el nombre permite comprobar que no existen otras empresas con un nombre similar inscritas en el registro e impide la inscripción de cualquier otra empresa cuando hay identidad o similitud con otros nombres, denominación o razón social ingresados con anterioridad a los índices del Registro de Personas Jurídicas. Para esto tengo que realizar 3 operaciones:  
 
A. Buscar en los índices en Registros Públicos. Esta búsqueda me sirve para saber si no hay un nombre o título igual, o parecido, al que le pondré a mi empresa. El resultado de la búsqueda me lo entregan en el día, tiene vigencia al momento de su expedición y no produce el cierre temporal del índice de denominación. Si el resultado es negativo, es decir, si no hay un nombre similar.
 
B. Solicitar la inscripción del nombre o título (en el formato de Reserva de Nombre). Con esta solicitud reservo el nombre de mi empresa frente a otras solicitudes que pidan una inscripción con un nombre similar. Para eso lleno el formato con el nombre de los socios, el domicilio fiscal, el tipo de sociedad, la indicación de si es micro o pequeña empresa (MYPE), entre otros datos
 
C. Obtener la Reserva de Preferencia Registral. Luego de solicitar la inscripción del nombre de la empresa, debo esperar aproximadamente una semana para que me entreguen la reserva. Esto significa que el índice de denominación se bloquea por treinta (30) días naturales y nadie puede tomar tal nombre dentro de ese plazo. También puedo realizar esta reserva desde el módulo de la SUNARP, disponible para el caso Lima, en las mismas instalaciones del Programa Mi Empresa.
 
SEGUNDO REQUISITO - Presentación de los documentos personales.
Se acompaña copia simple del DNI vigente del titular o de los socios. Las personas casadas adjuntarán copia del documento de identidad del cónyuge.
En el caso de titular/socio extranjero, deberá acompañar copia del carné de extranjería o visa de negocio.
 

TERCER REQUISITO - Descripción de la actividad económica.
Se presenta en una hoja suelta redactada y firmada por el interesado titular en la constitución dela  Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.).
 
CUARTO REQUISITO - Capital de la empresa.
Debo indicar el aporte del titular que se hace para la constitución de la empresa. Los aportes tengo que detallarlos en Bienes Dinerarios y Bienes no Dinerarios como sigue:
 
Bienes Dinerarios.
Se le llama al aporte del capital que hago en efectivo. Una vez elaborada la minuta, y con una copia de ésta, debo efectuar el depósito bancario a nombre de la empresa. Tengo que adjuntar la “Constancia de Depósito” en original y copia.
Bienes no Dinerarios.
Aporte del capital que hago en máquinas, equipos, muebles o enseres. La lista detallada del aporte de bienes debe presentarse en una declaración jurada simple (según el formato entregado por el ID Empresarial).

Bienes Dinerarios y Bienes no Dinerarios.
Es la combinación de ambos aportes
 
QUINTO REQUISITO - Estatuto.
Debo acompañar el estatuto que regirá a la empresa. Para completar en un tiempo breve los cinco requisitos descritos arriba, puedo acercarme a las oficinas del Programa Mi Empresa-ID Empresarial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que me puede brindar asesoría especializada. El trámite es gratuito y personal.
 
El Programa Mi Empresa cuenta con experiencia en el tema. Por ejemplo, tiene modelos de minuta, de estatuto y de declaración jurada preelaborados para cada caso (ver recuadro Modelo de Minutas en esta página).
 

jueves, 28 de febrero de 2013

PYME


Este blogg permitirá apreciar la iniciativa, imaginación y fortalezas que posee el trabajador peruano para la constitución de una PYME dedicada al ramo textil, específicamente en la confección de ropa para niños, desde el planeamiento para su creación hasta los logros que viene obteniendo en el mercado nacional e internacional.

En ese sentido, periódicamente actualizaremos este blogg con información necesaria para aquellos nuevos emprendedores que deseen constituir una empresa, tengan en este blogg una ayuda y un espacio de consulta.

En esta primera oportunidad brindaremos las características de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada EIRL.

La EIRL es una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal con patrimonio distinto al de su titular. Se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de micro y pequeñas empresas. La responsabilidad de la empresa está limitada al patrimonio y el titular de la misma no responde personalmente por las obligaciones de ésta.

Titular: Órgano máximo de la empresa que tiene a su cargo la decisión de los bienes y actividades·

Gerente: Órgano que tiene a su cargo la administración y representación de la empresa. Es designado por el titular. El titular puede asumir el cargo de gerente, en cuyo caso tendrá las facultades, deberes y responsabilidades de ambos cargos, debiendo denominársele Titular Gerente.

La empresa tendrá una denominación que permita individualizarla, seguida de las palabras "Empresa Individual de Responsabilidad Limitada", o de las siglas "E.I.R.L.".

No se podrá adoptar una denominación igual a la de otra Empresa preexistente.