PRIMER REQUISITO -
La Reserva del nombre en Registros Públicos
La reserva es uno de los primeros trámites que debo hacer para
constituir mi empresa, además de adoptar la modalidad o sociedad empresarial que me conviene (E.I.R.L., S.R.L., S.A. o
S.A.C.).
Reservar el nombre permite comprobar que no existen otras
empresas con un nombre similar inscritas en el registro e impide la inscripción de cualquier otra empresa cuando hay identidad
o similitud con otros
nombres, denominación o razón social ingresados con anterioridad a los índices del Registro de Personas Jurídicas. Para
esto tengo que realizar
3 operaciones:
A. Buscar en los índices en Registros Públicos.
Esta búsqueda me sirve
para saber si no hay un nombre o título igual, o parecido, al que le pondré a mi empresa. El resultado de la búsqueda me lo entregan en el
día, tiene vigencia al momento de su expedición y no produce el cierre temporal del índice de denominación. Si el resultado es
negativo, es decir, si no hay un nombre similar.
B. Solicitar la inscripción del nombre o título (en
el formato de Reserva
de Nombre). Con esta solicitud reservo el nombre de mi empresa frente a otras solicitudes que pidan una inscripción
con un nombre similar. Para eso lleno el formato con el nombre de los socios, el domicilio fiscal, el tipo de sociedad, la indicación de si
es micro o pequeña empresa (MYPE), entre otros datos
C. Obtener la Reserva de Preferencia Registral.
Luego de solicitar la inscripción del nombre de la empresa, debo esperar aproximadamente una semana para
que me entreguen la
reserva. Esto significa que el índice de denominación se bloquea por treinta (30) días naturales y nadie
puede tomar tal nombre dentro de
ese plazo. También puedo realizar esta reserva desde el módulo de la SUNARP,
disponible para el caso Lima, en las mismas instalaciones del Programa Mi Empresa.
SEGUNDO REQUISITO - Presentación de los documentos
personales.
Se acompaña copia simple del DNI vigente del
titular o de los
socios. Las personas casadas adjuntarán copia del documento de identidad del cónyuge.
En el caso de titular/socio extranjero, deberá acompañar copia
del carné de extranjería o visa de negocio.
TERCER REQUISITO - Descripción de la actividad
económica.
Se presenta en una hoja suelta redactada y firmada por el interesado titular en la constitución
dela Empresa Individual de Responsabilidad
Limitada (E.I.R.L.).
CUARTO REQUISITO - Capital de la empresa.
Debo indicar el aporte del titular que se hace para la constitución de
la empresa. Los aportes tengo que detallarlos en Bienes Dinerarios y Bienes no
Dinerarios como sigue:
Bienes Dinerarios.
Se le llama al aporte del capital que hago en efectivo. Una vez elaborada la minuta, y con
una copia de
ésta, debo efectuar el depósito bancario a nombre de la empresa. Tengo que adjuntar la “Constancia de Depósito” en original y
copia.
Bienes no Dinerarios.
Aporte del capital que hago en máquinas, equipos, muebles o enseres. La lista detallada del
aporte de bienes
debe presentarse en una declaración jurada simple (según el formato entregado por el ID
Empresarial).
Bienes Dinerarios y Bienes no Dinerarios.
Es la combinación de ambos aportes
QUINTO REQUISITO - Estatuto.
Debo acompañar el estatuto que regirá a la empresa. Para completar en
un tiempo breve los cinco requisitos descritos arriba, puedo acercarme a las oficinas del Programa Mi Empresa-ID
Empresarial del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que me puede brindar asesoría especializada.
El trámite es
gratuito y personal.
El Programa Mi Empresa cuenta con experiencia en el tema. Por
ejemplo, tiene modelos de minuta, de estatuto y de declaración jurada preelaborados para cada caso (ver recuadro Modelo de
Minutas en esta
página).
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